Calle Panaderos, 10 · Málaga
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Información clave

¿Cuál es la diferencia?

Aunque ambos procesos pueden parecer similares, tienen efectos jurídicos muy diferentes.

Separación

Implica el cese de la obligación civil de matrimonio y la disolución del régimen económico matrimonial.

  • La vida en común queda suspendida.
  • Derechos y deberes en suspenso.
  • Se puede solicitar a los 3 meses.
  • No permite nuevo matrimonio.

Divorcio

Supone la disolución del matrimonio, quedando los cónyuges en la misma situación que antes de casarse.

  • Disolución total del vínculo.
  • Posibilidad de nuevo matrimonio.
  • Mutuo acuerdo: sin juicio oral.
  • Contencioso: con resolución judicial.